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REFLEXIÓN

EFICIENCIA Y

Sostenibilidad

U

na vez traspuesta parcialmen-

te la Directiva de Eficiencia

Energética, podemos decir

que la obligatoriedad de las auditorías

energéticas en las grandes empresas

ya es un hecho. Desde ANESE, apos-

tamos por que el cliente vea la nece-

sidad de la auditoría como una opor-

tunidad de ahorro energético, puesto

que, gracias a las auditorías, se podrán

encontrar aquellos puntos de mejora

en el uso de la energía.

Además, con la periodicidad de las

auditorías definida cada 4 años, los

procesos de mejora podrán ser perió-

dicos y, por tanto, creemos que es una

forma de concienciar al cliente en ma-

teria de eficiencia energética. Nos gus-

taría también recordar algunas de las

cifras que circulan en el sector en los

últimos días y que hablan de que esta

medida será aplicada a unas 3.800 em-

presas en España, con cerca de 27.000

establecimientos o locales, lo que re-

fleja una gran oportunidad de negocio.

Otra parte importante se refiere a

la introducción del concepto de “pro-

veedores de servicios energéticos” y

su correspondiente clasificación. Este

término engloba a todas las personas

físicas o jurídicas que formen parte de

la cadena de valor del sector energé-

tico. Por tanto, es una forma de aglu-

tinar a todos los agentes del sector y,

por supuesto, a las Empresas de Ser-

vicios Energéticos (ESE).

Con la idea de destacar y diferen-

ciar a las ESEs del resto de los provee-

dores de servicios energéticos, ANE-

SE ya se adelantó a la trasposición y

puso en marcha una clasificación es-

pecífica para éstas. El gran valor dife-

rencial de la clasificación de nuestra

asociación es que para ser una ESE se

tiene que demostrar haber firmado

contratos bajo el modelo de garantía

de ahorro, es decir asegurando por

contrato que se van a conseguir unos

ahorros energéticos determinados.

Además, nuestra clasificación com-

plementa la clasificación que propo-

ne el Real Decreto y aporta mayor

rigurosidad en lo relativo a las ESEs.

El registro que existe actualmente en

el IDAE: “Directorio de ESEs”, pasa-

rá a llamarse “Listado de proveedo-

res de servicios energéticos”, una cla-

sificación actual que ha resultado ser

insuficiente, ya que engloba a más de

1.100 empresas del sector. Dicha clasi-

ficación no tienen ningún tipo de sub-

clasificación, y por eso se pueden en-

contrar en ese directorio tanto ESEs

como empresas instaladoras y de

mantenimiento que no ofrecen el mo-

delo de garantía de ahorro energéti-

co. La clasificación de ANESE preten-

de contribuir a estructurar el merca-

do y favorecer la labor del cliente final,

ya que puede asegurarse que la ESE

ha pasado una rigurosa certificación.

En este proceso, ANESE cuenta

con la colaboración de la certificado-

ra independiente TÜV Rheinland, en-

cargada de realizar las auditorías a las

ESEs que desean obtener su certifi-

cado/reconocimiento y su correspon-

diente distintivo/sello.

Y para divulgar esta clasificación

Certificada, tras su lanzamiento en

2015, en ANESE hemos puesto en

marcha la Ruta EE+ESEs “Hacia la

Clasificación”, una jornada sobre efi-

ciencia energética que viaja por la

geografía nacional para difundir pre-

cisamente los beneficios de esta cla-

sificación. El año pasado, nuestra ruta

llegó a Bilbao, Castellón y Barcelona,

y está previsto que en 2016 llegue a

Zaragoza, Santiago de Compostela,

Sevilla y Málaga.

Por otro parte, somos conscientes

de que todavía queda por dar un úl-

timo paso, ya que está pendiente de

transponer al mercado español el ar-

tículo referente a la individualización

de costes de climatización, no con-

templado en el Real Decreto aproba-

do en febrero.

Como reflejaba el borrador ante-

rior, la Directiva indicaba que “en los

edificios existentes que cuenten con

una instalación centralizada de cale-

facción/refrigeración o estén abaste-

cidos por una red de calefacción ur-

bana o una instalación centralizada

que dé servicios a varios edificios, se

instalarán contadores de consumo in-

dividuales que midan el consumo de

calor o refrigeración o agua caliente

de cada vivienda o cliente final”.

Por tanto, quedamos a la espe-

ra de que en un siguiente capítulo

de la transposición de la Directiva se

aprueben estas medidas relacionadas

con los sistemas de medición indivi-

dual de calefacción y refrigeración.

Las novedades de una Directiva

incompleta y su impacto en el sector

Javier Martínez Belotto

Responsable de Proyectos de ANESE