Seguritecnia 444
40 SEGURITECNIA Julio - Agosto 2017 Seguridad y Protección contra Incendios El anexo II contempla el mantenimiento mínimo a realizar a las instalaciones. Des- taca la inclusión de la serie de normas UNE 23580 como guías para la realiza- ción de las actas de mantenimiento. Se han tenido en cuenta normas UNE para las tareas de mantenimiento, como por ejemplo la UNE 23007-14, la UNE 23120, la UNE EN 671-3 y la UNE EN 12845. Es importante destacar que el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad ha fijado una vida útil máxima para algunos dispositivos, como son los detectores, las mangueras de las BIE o las señales foto- luminiscentes. Anexo III En el Anexo III, como novedad, se es- tablecen los medios humanos míni- mos de las empresas instaladoras y mantenedoras, así como la cualifica- ción de los mismos, tanto para el téc- nico competente como para el opera- rio cualificado. Éste último debe con- tar con cualificación para cada uno de los sistemas que vaya a instalar o mantener. En TECNIFUEGO-AESPI se han creado grupos de trabajo para profundizar en los cambios e informar de ellos al sec- tor y al mercado. Igualmente, se irán pro- gramando jornadas informativas y publi- cando artículos técnicos desarrollando las novedades. S soles condensados. Nuevo sistema, se hace referencia a los reales decreto que le son de aplicación. 13. Sistemas para control de humo y ca- lor. Novedad, ya que el texto trae a co- lación este nuevo sistema de protec- ción activa. El reglamento contiene asimismo todas las características del mismo así como las normas de apli- cación. 14. Mantas ignífugas. Novedad, ya que se trata de un nuevo sistema contem- plado en el texto del RIPCI. 15. Novedad: alumbrado de emergencia. Se contempla como nuevo sistema, y además debe cumplir con todo lo es- tablecido en el reglamento electrotéc- nico de baja tensión. Asimismo, la sección segunda recoge un nuevo sistema, el de señalización fo- toluminiscente. El reglamento hace alu- sión a la señalización requerida para cada uno de los sistemas anteriores. Se establecen los mismos requisitos que exige el Código Técnico de la Edificación. Finalmente este anexo incorpora un apéndice que recopila toda la relación de normas UNE que se citan en el do- cumento. Un dato importante en ese sentido es que se ha duplicado la rela- ción de normas con respecto a la ver- sión anterior. Anexo II niveles que contemplaban las normas españolas. Como novedad, se estable- cen las disposiciones de instalación y características hidráulicas. 4. Extintores de incendio, se han tenido en cuenta los extintores móviles y se abordan las disposiciones de instala- ción. En este apartado se incluyen los generadores de aerosoles, a los que se les exige una evaluación técnica favo- rable antes de su comercialización. 5. Sistemas de bocas de incendio equi- padas. Aparte de las BIE convencio- nales, observa las denominadas “de alta presión”, para las que se exige una evaluación técnica favorable antes de su comercialización. En lo relativo a su instalación, establece una distancia entre BIE de 50 metros, si bien permite usar mangueras de 30 metros para las BIE de manguera semirrígida. Se fijan también las condiciones hidráulicas a cumplir. 6. Sistemas de columna seca. Como no- vedad, establece las condiciones de instalación y las pruebas de servicio que deben hacerse distinguiendo a los edificios en función de su altura de hasta 30 metros o mayor de 30 me- tros. 7. Sistemas fijos de extinción por rocia- dores automáticos y agua pulverizada. Estos dos sistemas estaban incluidos antes por separado. Introduce igual- mente la actualización de las normas UNE de aplicación. 8. Sistemas fijos de extinción por agua nebulizada. Novedad importante, ya que se contempla este sistema por primera vez. 9. Sistemas fijos de extinción por es- puma física. El reglamento anterior solo incluía la extinción por espuma fí- sica de baja expansión. Ahora, la no- vedad es que se diferencia entre baja, media y alta expansión. 10. Sistemas de extinción por polvo. Se han actualizado las normas de aplica- ción así como exigencias de diseño. 11. Sistemas fijos de extinción por agen- tes gaseosos. Se han actualizado las normas de aplicación, tanto las de los componentes como la de diseño. 12. Sistemas fijos de extinción por aero-
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MTI4MzQz