Con los nuevos recibos de calefacción para las viviendas se podrá conocer cómo, cuándo y dónde se gasta la energía en el hogar, así como en qué momento concreto del día y en qué lugar (habitación), a diferencia de las facturas de gas y luz que no dan tanta información. Por tanto, se aportarán datos más detallados que incentiven al usuario a hacer cambios en sus hábitos de consumo energético.
Y es que con la nueva normativa (RD 736/2020) que regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas centralizadas, en aquellos edificios con calefacción central (anteriores a 1998) donde sea viable la instalación, habrá que colocar en un plazo de tres años, y según un calendario establecido en función de su zona climática y el número de viviendas (20), un contador, o en su caso, un repartidor de costes en cada radiador, que sea capaz de medir o estimar la energía consumida.
Además, desde la Asociación Española de Repartidores de Costes de Calefacción (AERCCA) recuerdan que esta norma facilita que el consumidor disponga de una información más completa y fiable sobre sus consumos energéticos. En este sentido, los usuarios de estas viviendas tendrán que sumar un nuevo recibo a los ya habituales de gas y luz: el de calefacción, que normalmente iba incluido en la cuota de comunidad.
“El usuario comenzará a pagar lo justo por lo que se consume en calefacción, y a no depender de los hábitos del vecino. Tanto los contadores como los repartidores aportarán datos hasta entonces poco conocidos o entendibles por el usuario”, afirma Ignacio Abati, presidente de AERCCA y director general de ISTA.
Requisitos de los recibos de calefacción del hogar
Desde esta asociación resumen los requisitos que deben incorporar los recibos de calefacción a partir de ahora, según la normativa:
- Los precios reales actuales y el consumo real de la energía o el coste total de calefacción y las lecturas de los repartidores de costes de calefacción.
- Información sobre el mix de combustible utilizado y las emisiones anuales correspondientes de gases de efecto invernadero, incluidos los usuarios finales suministrados por calefacción o refrigeración urbana de más de 20 MW. Asimismo, una descripción de los diferentes impuestos, gravámenes y tarifas aplicadas.
- Comparaciones del consumo de energía actual del usuario final con su consumo del mismo período del año anterior, preferentemente en forma gráfica.
- Información de contacto de las organizaciones de clientes finales, las agencias de energía u organismos similares, incluidas sus direcciones de internet, donde se puede obtener información sobre las medidas disponibles de mejora de la eficiencia energética, los perfiles comparativos del usuario final y las especificaciones técnicas objetivas de los equipos que utilizan energía.
- Información relativa a procedimientos de reclamación pertinentes, servicios de defensa de los consumidores y mecanismos alternativos de resolución de litigios.
- La comparación con el consumo medio del usuario final normal o de referencia de la misma categoría de usuarios.
Para Abati, “uno de los principales cambios que percibirá el usuario final durante la temporada de calefacción es que sus liquidaciones serán mensuales, y sus lecturas remotas, sin necesidad de que las empresas tengan que entrar en su vivienda”. Habrá por lo menos seis liquidaciones al año, y la nueva normativa obliga a que los propietarios tengan acceso gratuito y por internet a sus propios datos de consumo. “Asimismo, podrá compararlos con otros vecinos, por ejemplo, con un número de metros cuadrados similar a la de su vivienda”, asegura el presidente de AERCCA.
Archivado en: